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Reposición de Partida de Nacimiento para menores de uno a quince años


Reposición de Partida de Nacimiento para menores de uno a quince años

La reposición de nacimiento es la que se da cuando no se inscribe en el periodo correspondiente (hasta un año despues del nacimiento), también se repone cuando el libro donde fue inscrito se destruyo, se quemo, sin estar microfilmado

Tasa

Alcaldia Municipal Villa Sandino

Registro Civil

Alcaldia Municipal Villa Sandino

C$ 40.00

Caja

Iglesía Católica 1 C al Oeste

25160058

25160058

  1. Constancia de Nacimiento emitido por el MINSA.
  2. Tarjeta de Vacuna, para menores de seis años.
  3. Fé de Bautismo (Iglesia Católica o Iglesia Evangélica).
  4. Boletín o Diploma de Colegio.
  5. Declaración Jurada.
  6. Fotocopia de Cédula ampliada en la misma página.
  7. Presentarse el papá a solicitar la negativa en caso de ser solteros.
  8. Presentar certificado de Matrimonio, en caso de ser casados.
  9. En caso de no existir el papá presentarse solo la mamá.

  1. Certificado de la sentencia de reposición de partidas de nacimiento por el juez local
  2. Cedula de identidad del compareciente (si el interesado es el que comparece tiene que presentar identificación).

 


  1. Para iniciar el tramite de la reposicion (Nacimiento, Defunción, Matrimonio) ante el juez local de distrito se deberá solicitar la negativa de inscripción al Registro Central del Estado Civil de las Personas.
  2. Esta solicitud deberá tramitarse a través de la estructura del Registro Central del Estado Civil de las personas, el que emitirá la certificación correspondiente.  
  3. Solamente los certificados de navegativas de nacimiento de niños y niñas de uno a quince años será emitido por el registro civil de  las personas del domicilio.
  4. Una vez resuelta la solicitud de reposición el ciudadano se presenta a inscribir la sentencia al registro del estado vicil de las personas del municipio donde nació, falleció o contrajo matrimonio.
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